Los autónomos podrán cotizar por formación.

El RD Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, en su art.7; sobre los tipos de Cotización en el régimen especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos establece que serán para el 2019, los siguientes Tipos de Cotización:
- Por contingencias Comunes (Enfermedad Común y Accidente no laboral): 28.30%
- Por Contingencias Profesionales (Enfermedad Profesional y Accidente laboral): 0.46%
- Por Contingencias Profesionales (Invalidez; Muerte Y Supervivencia): 0.44%
- Por Cese de Actividad: 0.7%
- Por Formación Profesional: 0.1%
Según establece la norma; desde el 01 de enero de 2019, los autónomos podrán cotizar por la Contingencia de Formación Profesional un 0.1%.
En la Ley 30/2015, de 9 de septiembre; se abría la puerta a que el Autónomo pudiera realizar Formación Bonificada a través de las CCAA y organizaciones representativas de los trabajadores autónomos.
Pero a día de hoy; todavía no existe la normativa específica que permita hacer uso de los créditos de formación bonificada (formación continua) a los Autónomos para formarse.
Por lo tanto; a la espera de regulación normativa en los próximos meses, de momento; todo indica que el sector de los autónomos tendrá que seguir esperando para acceder a la formación.
Leave a Comment