Combina trabajo y formación con Maude Studio

Contratos de Formación en Alternancia

¿En qué consiste la formación en alternancia?

El contrato de formación en alternancia es una modalidad que permite a las empresas incorporar talento joven mientras este recibe una formación acreditada relacionada con el puesto de trabajo. Una oportunidad para formar profesionales desde el inicio, adaptados a las necesidades reales de tu empresa.

En Maude Studio te ayudamos a contratar jóvenes desempleados que combinan la actividad laboral retribuida con una formación teórica especializada, impartida por entidades acreditadas.

Ventajas para las empresas

1. Ahorro significativo en costes laborales

El contrato de formación en alternancia ofrece una reducción considerable en los costes para las empresas gracias a las siguientes ventajas:

Si la empresa y la persona trabajadora cumplen con los requisitos, existe un ahorro importante para la empresa, lo que implica un coste en Seguridad Social de tan solo 78,24 € (70,23 € de cuota empresarial y 8,01 € de cuota de la persona trabajadora).

La formación teórica asociada al contrato está bonificada al 100%, lo que permite a las empresas ofrecer una capacitación completa sin sufrir costes adicionales.

La empresa puede recibir entre 60 y 80 euros mensuales por la tutorización que realice el tutor de la empresa del trabajador, compensando así el tiempo y los recursos dedicados a su formación en el puesto de trabajo.

Si la empresa convierte en indefinido el contrato de una persona trabajadora, recibirá una bonificación de 128 €/mes durante 3 años en el caso de hombres y de 147 €/mes durante 3 años en el caso de mujeres.

2. Alta flexibilidad y facilidad en la gestión

Contratación sin esperas

En Maude Studio gestionamos el contrato de formación en alternancia con rapidez y total seguridad, gracias a nuestra experiencia. Facilitamos la contratación sin esperas ni complicaciones.

Formación 100% online

Ofrecemos formación en alternancia mediante nuestra plataforma virtual, permitiendo a las personas contratadas acceder a contenidos, tutorías y evaluaciones desde cualquier lugar.

3. Mejora de la competitividad empresarial

Contribución a la Responsabilidad Social Corporativa

El contrato para la formación en alternancia permite a las empresas demostrar un compromiso activo con la inclusión laboral y el desarrollo profesional de jóvenes y colectivos en situación de vulnerabilidad.

Formación específica desde el inicio

Las personas contratadas bajo esta modalidad reciben formación específica relacionada con el puesto que van a desempeñar, lo que facilita su rápida integración y la aplicación de conocimientos desde el primer día. Esto contribuye a mejorar la eficiencia y la competitividad de la empresa.

Características del contrato

La duración mínima del contrato de formación en alternancia es de 3 meses, y se puede prorrogar hasta un máximo de 2 años, según convenio y programa formativo.

  • Primer año de formación en alternancia: El 65% del tiempo es de trabajo efectivo, mientras que el 35% se dedica a la formación teórica.
  • Segundo año de formación en alternancia: La proporción cambia a 85% de trabajo efectivo y 15% de formación para aplicar mejor lo aprendido.

Este contrato para la formación en alternancia no incluye periodo de prueba y no permite la realización de horas extraordinarias ni trabajo nocturno o en turnos.

Proceso de gestión y tramitación de la formación en alternancia

En Maude Studio facilitamos todo el proceso de tramitación y gestión del contrato de formación en alternancia. Contamos con un equipo especializado que asesora y resuelve las dudas que la empresa pueda tener en el ámbito laboral y jurídico, tanto para la tramitación de un nuevo contrato como durante toda su vigencia.

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Asesoramiento personalizado

Asesoramiento personalizado

Nuestro equipo te ofrecerá atención directa para resolver todas tus dudas y adaptar el contrato a las necesidades específicas de tu empresa y personal.

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Alta en Seguridad Social y SEPE

Verificación y requisitos

Verificación y constatación de requisitos legales para la correcta tramitación del contrato de formación.

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Comienzo de la formación

Gestión administrativa

Nos encargamos de la gestión administrativa para el inicio de la formación vinculada al contrato, incluyendo el alta en la plataforma y el inicio del protocolo de tutorización, garantizando así una experiencia de aprendizaje efectiva y equilibrada.

Ventajas para la persona trabajadora

El contrato para la formación en alternancia ofrece una oportunidad única para acceder al mercado laboral combinando empleo y capacitación oficial:

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Estabilidad y derechos laborales

Con un contrato de formación en alternancia,  la persona trabajadora disfruta de estabilidad, cotiza para desempleo y tiene la posibilidad de convertir el contrato en alternancia en uno indefinido con bonificaciones para la empresa.

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Acceso directo al mercado laboral

El modelo de la formación en alternancia facilita la inserción laboral, ya que permiten que quienes se forman puedan coger experiencia, demostrar sus competencias y consolidarse en la empresa.

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Formación gratuita

La capacitación de la formación en alternancia es impartida, sin coste, acreditada por el SEPE.

Servicio de selección de personal gratuito

En Maude Studio ofrecemos a las empresas un servicio de selección gratuito para que cuenten con el personal ideal para sus contratos de formación en alternancia. 

Daremos a la empresa la garantía de que el perfil seleccionado cumpla con todos los requisitos para beneficiarse de todas las bonificaciones.

¿Por qué elegir a Maude Studio para tus contratos de formación en alternancia?

Con Maude Studio, tu empresa puede beneficiarse de todas las ventajas del contrato de formación en alternancia de forma sencilla y eficiente.

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Asesoramiento personalizado durante todo el proceso.

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Gestión completa de los trámites necesarios.

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Tutorización y seguimiento continuo de la formación del trabajador.

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Formación 100% online mediante nuestra plataforma de teleformación.

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Selección de personal gratuita para que tu empresa cuente con los mejores candidatos/as.

Tramita tu contrato con nuestro equipo

Grupo Maude tratará los datos personales facilitados con la finalidad de gestionar y tramitar la solicitud emitida mediante el presente formulario y mantener el contacto con Vd., con base legitimadora en la gestión de la relación jurídica establecida al realizar la solicitud de que se trate. Además, si nos da su consentimiento para ello marcando la casilla correspondiente, trataremos sus datos para remitir comunicaciones comerciales de nuestra oferta formativa, con base legitimadora en su consentimiento, que podrá revocar en cualquier momento. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación de tratamiento y portabilidad, así como oponerse al tratamiento de los datos con fines publicitarios, contactando a través del correo electrónico: lopd@grupomaude.com. Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad habilitado.

Contáctanos

contratosformacion@maudestudio.com

Preguntas frecuentes sobre la formación en alternancia

El Contrato de Formación en Alternancia es una modalidad contractual cuyo principal objetivo es que el trabajador adquiera la formación profesional específica, teórica y práctica, de un oficio en su puesto de trabajo. Este contrato permite compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos o el Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.

El autónomo podrá contratar a su hijo en formación siempre y cuando éste cumpla con los requisitos legales establecidos por el Servicio Público de Empleo, independientemente de que conviva con él o no. Además, el autónomo que celebre un contrato de formación con su hijo tendrá derecho a una reducción del 100% de las cuotas en la Seguridad Social, así como a la bonificación del 100% en la formación teórica inherente al contrato de formación.

Según establece el artículo 12.2 del Estatuto de los Trabajadores, es posible concertar la contratación a tiempo parcial.

La actividad formativa vinculada a la contratación es de carácter obligatorio. La falta de realización de las actividades formativas puede ser considerada como falta al trabajo a los efectos legales oportunos.

La empresa debe de garantizar las condiciones que permitan al trabajador la correcta realización de su actividad formativa pero aun así si el trabajador no hace la formación, se considerará una falta al trabajo y podrá ser motivo de despido al considerar que no se estarían cumpliendo los requisitos legales de la contratación.

No obstante, si el trabajador no puede realizar la formación porque la empresa no cumple con sus obligaciones contractuales como, por ejemplo, respetar la jornada estipulada, la empresa podría incurrir en una falta.

Está determinada por la duración del programa formativo asignado, sin que dicha duración pueda ser inferior a 3 meses ni superior a 2 años.

No existe límite de prórrogas siempre que no se supere el máximo de dos años.

Mayores de 16 años y menores de 30 años (los límites de edad no serán de aplicación cuando se concierte con personas con discapacidad o con los colectivos en situación de exclusión social previstos en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre).

No se podrán celebrar cuando la actividad o puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por la persona trabajadora en la misma empresa bajo cualquier modalidad por tiempo superior a seis meses.

El trabajador debe de estar como demandante de empleo antes del alta de su contratación.

El trabajador no podrá tener titulación oficial relacionada con el puesto a desempeñar en el contrato de formación.

No podrán realizar trabajos nocturnos. Excepcionalmente, podrán realizarse actividades laborales en nocturnidad cuando las actividades formativas para la adquisición de los aprendizajes previstos en el plan formativo no puedan desarrollarse en otros periodos, debido a la naturaleza de la actividad.

No podrán realizar horas complementarias ni horas extraordinarias, tampoco podrán realizar trabajos a turnos.

El tiempo de trabajo efectivo, que habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas en el centro de formación, no podrá ser superior al 65 por ciento, durante el primer año, o al 85 por ciento, durante el segundo, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo de aplicación en la empresa, o, en su defecto, de la jornada máxima legal.

No podrá establecerse periodo de prueba en estos contratos.

  • Bonificación durante toda la vigencia del contrato, incluida las prórrogas, en las cuotas de la Seguridad Social, si cumple los requisitos empresa y trabajador.
  • Bonificación por el tutor de la empresa.
  • Bonificación por la conversión de la contratación a indefinida, a la finalización del contrato de formación.
  • Bonificación del 100% del importe que debe de abonar la empresa por la impartición de la formación a su trabajador.

El alumnado recibirá de Maude la certificación de las especialidades formativas incluidas en el catálogo del Sistema Nacional de Empleo, impartidas como parte de la formación inherente al contrato de formación en alternancia.

La acción protectora de la Seguridad Social del trabajador comprenderá todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones, incluido el desempleo. Asimismo, se tendrá derecho a la cobertura del Fondo de Garantía Salarial.

La retribución del trabajador será proporcional al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio y nunca por debajo de la parte proporcional del Salario Mínimo Interprofesional vigente.