Trabajo cambia desde el 4 de julio de 2019 el cálculo de la pensión de trabajadores a tiempo parcial

El Ministerio de Trabajo asume el criterio del Tribunal Constitucional y estas prestaciones se calcularán sin tener en cuenta el coeficiente reductor que perjudica a las mujeres.
El pasado 03 de julio; el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional, nulo y discriminatorio para las mujeres el método de cálculo de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial.
Desde ayer el Instituto Nacional de la Seguridad Social está haciendo los ajustes oportunos para que, el cálculo de las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial se ajuste a la sentencia del Tribunal Constitucional desde ayer mismo. Pero, dado que las herramientas informáticas tardarán algunos días en asumir estos ajustes, la gestión se hará de forma manual, hasta que estén operativas.
La sentencia considera que se vulnera el derecho a la igualdad entre los trabajadores a tiempo completo y a tiempo parcial, por el modo de computar el período de cotización.
Hasta ahora, el cálculo de la pensión de los trabajadores a tiempo parcial se iniciaba sobre una base de cotización menor, que posteriormente se sometía a un coeficiente reductor proporcional a la jornada real que realizaban. Posteriormente el número de días cotizados se multiplicaba por 1,5 para determinar la pensión.
El TC considera que esta forma de computar la pensión constituye una discriminación indirecta hacia la mujer, porque la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial son de sexo femenino. De esta forma ha atendido a la petición formulada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 09 de mayo, cuando instó a España a revisar la normativa que regulaba el cálculo de la pensión para los trabajadores a tiempo parcial, por entender que podía discriminar a las mujeres.
A partir de ahora no se aplicará el coeficiente reductor para no discriminar a las mujeres trabajadoras a tiempo parcial. Así en INSS, ya está ultimando los sistemas informáticos, para que se cambie el método de cálculo de estas prestaciones, por lo que los beneficiarios no tendrán que realizar ningún trámite.
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