El nuevo RGPD obliga a que cualquier actividad cumpla con la nueva normativa de Protección de Datos

OBLIGATORIEDAD QUE CUALQUIER ACTIVIDAD, CUMPLA CON LA NUEVA NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS. LO 3/18, de 5 de Diciembre.
Hablamos de actividad y no de empresas, pymes y autónomos, porque cualquier persona que realice una actividad, en el que maneje datos de carácter personal está obligada a cumplir con la normativa.
El 99,99% de las actividades tratan con datos personales de clientes, proveedores, empleados… y, por ello, se encuentran obligados a cumplir la normativa de protección de datos.
Las normas que regulan la Protección de Datos son:
- RGPD (vigente a partir del 25 de mayo en toda Europa)
- LOPD LO3/18, de 5 de Diciembre.
- LSSI (regula los servicios de la sociedad de la información y el comercio electrónico)
Las actividades de cualquier tipo, manejan una gran cantidad de datos de clientes, empleados y proveedores, por lo que también tendrán que adaptarse a la nueva normativa.
Cada vez que un cliente te deja sus datos para la compra de cualquier producto o servicio, contratas con los profesionales y empresas externas servicios de mantenimiento, o cedes los datos de tus empleados para elaborar las nóminas, estás manejando datos de carácter personal de terceros. Para el correcto manejo de estos datos es preciso cumplir con la normativa de protección de datos.
Las principales actuaciones que debes realizar en tu comercio para adaptarte al RGPD son:
- Realizar un Registro de actividades de tratamiento
- Firmar los contratos con terceros
- Incluir los textos legales en la página web
- Solicitar el consentimiento a los clientes
- Firmar los contratos con los empleados
- Realizar un Análisis de riesgos
- Notificar las brechas de seguridad
- Nombrar un DPO; en los casos que así la ley lo establezca.
Muchas personas y empresas no son conscientes de la gravedad que supone no cumplir con la normativa en materia de protección de datos. Esta regulación está demandada desde hace mucho tiempo para proteger al usuario. Por ello, las sanciones por este tipo de infracciones son bastante duras.
Las sanciones económicas pueden llegar hasta un importe de 20 millones de euros, o entre el 2% y 4% de la facturación de una empresa. Además, el RGPD permite a cada uno de los Estados la posibilidad de incluir faltas o delitos penales a aquellas organizaciones que hagan un mal uso de los datos y cometan infracciones según los dispuestos en su regulación.
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