Medidas de apoyo a la contratación y al emprendimiento joven

La Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven persigue dar respuesta a la situación laboral en la que se encuentran muchos jóvenes en España

Para conseguirlo, contempla un catálogo de medidas de apoyo a la contratación y al emprendimiento joven ajustadas a los distintos perfiles de aquellos, que tienen como objetivo:

  • Incentivar la contratación y la iniciativa empresarial entre los jóvenes.

  • Adecuar la educación y la formación que reciben a la realidad del mercado de trabajo.

  • Reducir la tasa de abandono escolar temprano. Dentro de las actuaciones encaminadas a mejorar la empleabilidad de los jóvenes, aumentar la calidad y la estabilidad del empleo, promover la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado laboral y fomentar el espíritu emprendedor, cabe destacar las siguientes medidas:

  1. Primer empleo joven.

  2. Incorporación de jóvenes a entidades de la economía social.

  3. Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos.

  4. Contratación indefinida de trabajadores procedentes de una ETT con contrato para la formación y el aprendizaje.

  5. Contratación indefinida de trabajadores procedentes de una ETT con contrato en prácticas. 9 Contratos en prácticas.

  6. Contratación de nuevos proyectos de emprendimiento joven.

  7. Contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.

En Maude Studio somos referentes en la gestión y aplicación de los contratos de formación ofreciendo una atención personalizada a empresas y colaboradores (puedes encontrar más información AQUÍ)

Algunos de estas medidas consisten en:

(para la información de todos los modelos pincha aquí)

 

Primer empleo joven

Jóvenes menores de 30 años, desempleados e inscritos en la oficina de empleo, que no tengan experiencia laboral o ésta ser inferior a tres meses.

  • Contrato eventual con duración mínima de tres meses y de duración máxima de 6 meses salvo lo dispuesto en convenio colectivo, no pudiendo exceder de 12 meses.

  • Jornada a tiempo completo o parcial (en este caso, superior al 75% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable)

Contratación indefinida de trabajadores procedentes de una ETT con contrato en prácticas

En el supuesto de trabajadores contratados en prácticas y puestos a disposición de empresas usuarias, éstas tendrán derecho, cuando, sin solución de continuidad, concierten con dichos trabajadores un contrato de trabajo por tiempo indefinido en los mismos términos, y con idénticas bonificaciones que las establecidas en el apartado 2 del artículo 7 de la Ley 3/2012: Bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, consistente en 500 Euros/año, durante tres años. Si el contrato se hubiera celebrado con una mujer será de 700 Euros/año.

Contratación a tiempo parcial con vinculación formativa (Más información AQUÍ)

Por tiempo indefinido o de duración determinada 9 Jornada a tiempo parcial no superior al 50% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable, salvo en el caso de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que podrá alcanzar el 75% de la jornada.

Los trabajadores deberán compatibilizar el empleo con la formación o justificar haberla cursado en los seis meses previos a la celebración del contrato. La formación, que no será necesario que esté vinculada específicamente al puesto de trabajo objeto del contrato.

 

Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

Fuente: SEPE

Infografía 

Información general

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