¿Qué bonificaciones y reducciones ofrece el contrato para la formación y el aprendizaje?

Bonificación del coste de formación

Cada mes la empresa podrá bonificarse el coste de la formación que recibe el trabajador.

Reducción cuotas SS

Cada mes podrá reducir sus cuotas a la Seguridad Social hasta en un 100 %. Bonificación coste tutorización. Cada mes podrá bonificar los costes de la tutorización en la empresa.

Bonificaciones adicionales

Si el trabajador está incluido en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene derecho a otra bonificación.

La cotización del contrato de formación es fija y reducida, y asciende a 143,84 euros mensuales. Esta cantidad puede reducirse al 100 % (Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y requisitos fijados en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre) si la empresa tiene menos de 250 trabajadores (75 % si tiene 250 o más), se encuentra al día con Hacienda y la Seguridad Social y el trabajador está inscrito como demandante de empleo al firmar el contrato, entre otros requisitos.

Desglose de la cotización a la Seguridad Social

Según BOE, Orden PCM/244/2022 de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2022.

Esta Orden toma efecto desde el 1 de enero de 2022.

Base de cotización de los contratos formativos en alternancia y para el contrato para la formación y el aprendizaje en 2022

La base mínima de cotización del contrato de formación fijada para 2022 queda establecida de la siguiente manera:
• Base de cotización mensual para 2022: 1.166,70 €.
• Base de cotización diaria para 2022: 38,89 €.

Concepto Empresa Trabajador Total
Contingencias comunes (formación) 47,28 € 9,43 € 56,71 €
Contingencias profesionales IT 6,51 € - 6,51 €
Fondo de Garantía Salarial 3,59 € - 3,59 €
Desempleo 64,16 € 18,08 € 82,24 €
TOTAL 121,54 € 27,51 € 149,05 €

 

La cuota de la Seguridad Social desde 01 de enero de 2022 y durante el año 2022 es de 149,05 €.

Bonificación por tutorización

Dos tutores por cada trabajador

Uno dentro de la empresa y otro en el centro de formación, que deberán coordinar la actividad formativa y realizar su seguimiento.

Incentivo por tutorización

Con el objetivo de incentivar el trabajo del tutor asignado dentro de la empresa, a partir de 2016 se recibirá una bonificación adicional de entre 1,5 y 2 euros la hora según la plantilla de la empresa, y hasta un máximo de 40 horas mensuales, según la orden ESS/41/2015 de 12 de enero.

Plantilla de la empresa Máximo horas financiables Financiación TOTAL
De 5 o más trabajadores 40 h 1,5 €/h 60 €
De 2 a 4 trabajadores 40 h 2 €/h 80 €

¿Cuáles son las obligaciones del tutor de la empresa?

Como tutor/a de empresa, es responsable del seguimiento del acuerdo para la actividad formativa anexo al contrato, de la coordinación de la actividad laboral con la actividad formativa, y de la comunicación con el centro de formación.

 

Ver todas las obligaciones del tutor

Bonificaciones en el Plan de Garantía Juvenil

Cuando el trabajador esté inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil la cuantía máxima de las bonificaciones para financiar los costes formativos se eleva del 25 hasta el 50 % durante el primer año, y del 15 al 25 % el segundo y el tercer año de contrato, según la Orden ESS/41/2015 de 12 de enero.

El día 24 de diciembre de 2016 se publicó el Real Decreto Ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Esta norma flexibiliza los requisitos para que los más jóvenes puedan beneficiarse de las medidas dispuestas para los inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 

Cómo darse de alta en el Sistema de Garantía Juvenil

 

Diferencias respecto al sistema anterior

  • No haber trabajado el día anterior a la presentación de la solicitud (antes se requerían 30 días naturales).
  • No haber realizado acciones educativas o formativas el día natural anterior a la solicitud (antes se establecía un plazo que varíaba entre 30 y 90 días naturales).
  • El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) incluye de forma automática a todos los jóvenes inscritos como demandantes de empleo que cumplan con los requisitos. Estos podrán ser inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil incluso con efecto retroactivo, en el caso de que hubieran participado o estén participando en alguna de las actuaciones previstas por el Sistema.

 

Ahora las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social se convierten en bonificaciones

Cuando el trabajador esté inscrito en el Sistema de Garantía Juvenil, se deberá aplicar una bonificación del 100% del importe de los Seguros Sociales, en lugar de una reducción, que es lo que se hace habitualmente.

Por esta modificación será necesario confirmar si los trabajadores que se van a contratar bajo esta modalidad contractual se encuentran inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

La Seguridad Social dictará las pautas para realizar estas bonificaciones e introducir las modificaciones que considere necesarias para la correcta aplicación de las mismas. De igual modo, los programas de nóminas deberán realizar las correspondientes actualizaciones.

Solo se produce un cambio de aplicación, el nuevo contrato sigue teniendo los mismos beneficios.

Homologaciones

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