El contrato de formación es el único bonificado tras la publicación de las medidas urgentes de empleo.

Nuevas medidas laborales. ¿Cómo afecta al contrato para la formación y a otros contratos bonificados?

El pasado 29 de diciembre se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y empleo, con cambios importantes en el ámbito de bonificaciones.

El Contrato para la Formación es el único contrato bonificado

Entre la batería de modificaciones hay que destacar que se derogan los siguientes contratos bonificados:

• Contrato indefinido de apoyo a emprendedores. Se deroga el artículo 4 de la Ley 3/2012.
• Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa. Se deroga el artículo 9, de la Ley 11/2013.
• Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos. Derogan el artículo 10, de la Ley 11/2013.
• Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven. Se deroga el artículo 11, de la Ley 11/2013.
• Primer empleo joven. Se deroga el artículo 12, de la Ley 11/2013.
• Incentivos a los contratos en prácticas. Derogan la reducción del 50% en los seguros sociales que se recogía en el artículo 13, de la Ley 11/2013

Estos contratos estaban sujetos a las bonificaciones condicionadas por la tasa de desempleo, que tras situarse bajo el 15% derogan las medidas publicadas en la Ley 11/2013.
Estas medidas no afectan a los contratos tramitados con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva ley 28/2018, es decir, no afectan a los contratos suscritos antes del 31/12/2018.

La edad del contrato para la formación se establece de 16 a 25 años.

La Disposición Derogatoria Única 2 c) del Real Decreto Ley 28/2018 de 28 de diciembre deroga el apartado 1 de la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Legislativo 2/2015, que permitía que los contratos de formación se formalizasen con jóvenes mayores de 24 años.
Al estar condicionada la edad a la tasa de desempleo inferior al 15%, la edad máxima permitida para un contrato de formación vuelve a ser de hasta 24 años, inclusive.

Se elimina la ayuda de acompañamiento de 430 euros

Esta ayuda que estaba destinada a jóvenes de Garantía Juvenil con contrato de formación sin estudios.

Esta medida no afecta a los contratos Tramitados antes del 31/12/2018, los contratos que se encuentren en fase de solicitud no podrán acogerse a dicha medida.

La motivación para eliminar esta ayuda, según el gobierno, es la escasa aceptación desde su entrada en vigor el pasado mes de agosto.

 

Para ampliar información puedes consultar el Real Decreto Ley pulsando aquí 

 

 

Contrato de formación Formación Información general

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