Ventajas del contrato de formación en Alternancia para la empresa:
Sin límite
No existe un límite de contratos por empresa.
Sin mantenimiento
Esta modalidad de contrato NO exige el mantenimiento del nivel de empleo alcanzado con la contratación.
Coste cero
100% bonificado en cuotas a la Seguridad Social de la empresa y el trabajador, cuando se trate de trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo, y en empresas de 250 trabajadores máximo. Reducción del 75% en empresas de más de 250 trabajadores. Bonificable el coste de la formación teórica.
Rigen las limitaciones de la sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.
Sin penalización
En caso de tener que despedir al trabajador, esta modalidad NO EXIGE la devolución de los beneficios aplicados en Seguridad Social o bonificación de la formación. Siempre y cuando el empresario respete las obligaciones del contrato.
Bonificación
Por la transformación de un contrato para la formación en indefinido en las cuotas empresariales de 1.500 euros anuales en caso de contratar hombres y 1.800 euros por la contratación de mujeres durante 3 años.
Ventajas para el autónomo
El autónomo puede contratar a su hijo y beneficiarse de las bonificaciones y reducciones. Con la peculiaridad de no tener derecho a desempleo si convive con él.
Bonificación adicional
Puede aplicar una bonificación adicional por las labores de tutorización de empresa con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En el supuesto de empresas de menos de cinco trabajadores, la bonificación adicional tendrá una cuantía máxima de 2 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno.
Ventajas del contrato de formación en Alternancia para el trabajador:
Oportunidad laboral
Tiene una oportunidad laboral de consolidarse en una empresa y aprender una profesión desde un modelo que alterna trabajo y formación.
Formación oficial y gratuita
Formación gratuita y acreditada acorde a la capacitación profesional, y con titulación expedida por el Ministerio de Empleo.
Prestación desempleo
Con este tipo de contrato tiene derecho a la prestación por desempleo.
Cobertura SS
Tiene cubiertas las mismas garantías que cualquier contrato (Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial).
Duración del contrato
Periodo mínimo de 3 meses prorrogable hasta 2 años (dependiendo del convenio colectivo del sector, la comunidad autónoma y la formación vinculada a la ocupación.
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