Novedades sobre el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa
El 17 de mayo, en el boletín 03/2016 de NOTICIAS en RED, se publicó las siguientes novedades sobre el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.
El artículo 9 de la Ley 11/2013, de de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, establece que “las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que celebren contratos a tiempo parcial con vinculación formativa con jóvenes desempleados menores de treinta años tendrán derecho, durante un máximo de doce meses, a una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado, del 100 por cien en el caso de que el contrato se suscriba por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas, o del 75 por ciento, en el supuesto de que la empresa contratante tenga una plantilla igual o superior a esa cifra. Este incentivo podrá ser prorrogado por otros doce meses, siempre que el trabajador continúe compatibilizando el empleo con la formación, o la haya cursado en los seis meses previos a la finalización del periodo a que se refiere el párrafo anterior.”
Respecto de aquellos trabajadores en los que, habiéndose accedido al incentivo al que se refiere el precepto transcrito, éste no deba ser prorrogado por otros 12 meses adicionales a los iniciales, se debe comunicar una variación del campo INDICATIVO PERDIDA BENEFICIOS anotando en el mismo el valor 99 con efectos del día primero del decimotercer mes posterior al alta del trabajador.
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